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Plan de Desarrollo Urbano de las Areas Metropolitanas del Pacífico y del Atlántico/ VOLUMEN II
 
PARTE - II PLAN DE DESARROLLO URBANO

17.0 RECOMENDACIONES

Como el Plan representa un compendio de recomendaciones sectoriales diseñado para estructurar el desarrollo futuro en las Áreas Metropolitanas, el Consorcio ha seleccionado las recomendaciones que considera de importancia primordial en la immediata ejecución del proceso de planificación. Debido a que el MIVI, como autoridad de planificación urbana tiene facultades ejecutorias muy restringidas, se hace necesario establecer un proceso de enlace riguroso y eficaz con otros entes privados y públicos. Las siguientes recomendaciones necesitan una acción inmediata para el buen éxito del Plan.

P Para asegurar la sustentabilidad de la cuenca del Canal y controlar el crecimiento urbano en el corredor transístmico es imperativo establecer un marco regulador apropiado para restringir - y - si fuese posible - prohibir el desarrollo adicional en la cuenca hidrográfica del Canal, usando las propuestas del Plan de Desarrollo Urbano de establecer un corredor biológico que una el Parque Nacional Chagres con los Parques Soberanía y Camino de Cruces (ver sección 15.2.6).
P Para lograr los niveles de empleo y de éxito económico en este Plan, es muy importante emprender una política agresiva de educación y formación técnica a nivel nacional, para garantizar la competitividad y la productividad de la fuerza de trabajo (ver capítulo 3.0).
P Al establecer el ámbito de jurisdicción del Plan donde se aplican las disposiciones propuestas sobre la inversión en servicios públicos y redes de infraestructura, sobre el cual tendrá competencia legal y administrativa el MIVI, es necesario establecer los nuevos límites metropolitanos para el crecimiento urbano a largo plazo. Este ámbito es el que se designa como las Áreas Metropolitanas del Pacífico y del Atlántico (ver sección 15.2).
P Restructurar y fortalecer, como medida de urgencia en el MIVI, la Dirección General de Desarrollo Urbano (DGDU) para que pueda:
Lograr el compromiso necesario del más alto nivel político y el respaldo requerido en las etapas de aprobación, difusión y ejecución del Plan de Desarrollo Urbano de las Áreas Metropolitanas del Pacífico y del Atlántico.
Reactivar, fortalecer y adecuar las instancias de coordinación constituidas por ley; entre otras la reactivación de las juntas comunales.
Crear o adecuar mecanismos de coordinación intersectorial (entre otros, el propuesto Consejo de Desarrollo Urbano de las Áreas Metropolitanas) y desarrollar los reglamentos necesarios y los planes de coordinación de manera que se pueda lograr institucionalizar la coordinación para el debido cumplimiento del Plan de Dessarrollo Urbano de las Áreas Metropolitanas del Pacífico y del Atlántico.
Conformar (en especial, en la DGDU y en las respectivas oficinas institucionales y municipales análogas) un equipo multidisciplinario de profesionales, debidamente motivados y capacitados en las políticas, normas y metodologías del desarrollo urbano que dominen, entre otros, los aspectos conceptuales y metodológicos del Plan de Desarrollo Urbano, con habilidades para la adopción de tecnología moderna y con actitudes favorables para establecer y mantener relaciones humanas, que garanticen la necesaria coordinación de esfuerzos.
Elaborar la reglamentación necesaria para aplicar los instrumentos de control contemplados en el Plan Metropolitano.
Delegar en los municipios, en forma gradual y con base en acuerdos debidamente establecidos (tomando en cuenta la capacidad de los municipios), algunas funciones para descentralizar (centralización normativa y descentralización operativa) aspectos del proceso de gestión del desarrollo urbano.
Elaborar y ejecutar un programa continuo de divulgación, capacitación y asesoría en instituciones, municipios y gremios de profesionales para lograr la aplicación uniforme de lineamientos, criterios y metodologías en la ejecución de las medidas contempladas para el desarrollo urbano.
Instalar sistemas de seguimiento del Plan Metropolitano y divulgar continuamente a la ciudadanía los resultados sobre las evaluaciones en relación al cumplimiento de las normativas establecidas
Fortalecer y mantener una estrecha coordinación entre la Dirección General de Desarrollo Urbano y el resto de las unidades administrativas del MIVI (áreas sustantivas y de apoyo) y reactivar los mecanismos de coordinación a lo interno del MIVI (Consejos de Directores, Juntas Técnicas, Grupos de Trabajo, etc.), con enfoque en estructuras más planas o matriciales, que propicien la comunicación entre los distintos niveles jerárquicos y funcionales.
Gestionar el respaldo a nivel local e internacional para realizar la inversión necesaria para el desarrollo urbano de las Áreas Metropolitanas del Pacífico y del Atlántico y para la ejecución de proyectos, destinados por ejemplo, al fortalecimiento administrativo de los municipios en planificación urbana, y para la capacitación de sus funcionarios en esa temática.
Promover, orientar y apoyar una creciente participación del sector privado en la implementación del Plan Metropolitano, creando las condiciones necesarias para propiciar las mejores garantías a la inversión y la eliminación de trámites burocráticos innecesarios, la expedición de regulaciones mínimas indispensables y la ayuda que se le pueda proporcionar.
Continuar las gestiones necesarias para incorporar a los funcionarios del Ministerio de Vivienda a la Carrera Administrativa según disposición de la Ley.
P Conjuntamente con el Ministerio de Planificación y el de Hacienda y Tesoro (los cuales pronto serán integrados en una sola Institución y en vínculo permanente con el Sistema Nacional de Inversión Pública (SINIP) establecer los mecanismos de coordinación adecuados, en los distintos niveles técnicos y de decisión política, con el fin de garantizar el avance del plan de inversiones en sus componentes de financiamiento público. Ello implica el estudio y diseño del proceso técnico más eficiente (el cual por lo general requiere del aporte de distintas instituciones) para garantizar que se complete oportunamente la fase de preinversión y de posterior inversión, por medio de:

El financiamiento de los estudios de factibilidad para que los perfiles de proyecto puedan posteriormente ser presentados ante organismos de financiación;

La inclusión de partidas presupuestarias (podrían requerirse en varios presupuestos sucesivos si la inversión fuese plurianual) tanto con relación al componente de financiamiento local como al aporte de crédito;

La función de coordinación del MIVI proporcionaría al Organismo Rector de la administración financiera del Estado los elementos técnicos necesarios para priorizar los proyectos considerados en el Plan de Inversiones así como para garantizar la coherencia entre los distintos componentes de la inversión pública de la Región Urbana Metropolitana, tanto en su dimensión funcional como espacial (ver Plan de Inversiones).

P Se deberán establecer los mecanismos de coordinación con el Ente Regulador de los Servicios Públicos con el fin de que el MIVI pueda aportar los elementos técnicos que garanticen coherencia entre las inversiones de los contratos de concesión y los objetivos de tipo espacial que contempla el Plan de Desarrollo Urbano. (ver Plan de Inversiones).

P Solicitar al Ministerio de Planificación que gestione una operación de asistencia técnica para que durante el año de 1998 se pueda reorganizar el MIVI con el fin de integrar la nueva unidad de Administración del Plan. Durante esta fase se debrán constituir los mecanismos apropiados de enlace entre todas las Instituciones del Gobierno Central y Local, de acuerdo a la Propuesta de Desarrollo Institucional.

P El equipo técnico designado para manejar el Plan Metropolitano debe comenzar las estudios necesarios para lograr establecer las etapas para la eventual imposición de un sistema de macrozonificación y establecer la bases para el uso de suelos urbanos en relación con cualquier iniciativa futura de desarrollo por parte del sector público o privado, bajo la jurisdicción del Plan Metropolitano (ver sección 15.2.3).
P Para estar consciente de las tendencias de desarrollo actual, y buscando introducir un nuevo sistema de reglamentación, basado en las políticas descritas en el Plan Metropolitano, se debe reformar el sistema de la recopilación de datos básicos y el sistema de monitoreo cotidiano, usando los indicadores sugeridos en la sección 15.6.
P El Ministerio de Vivienda deberá trabajar junto con la Autoridad de la Región Interoceánica para coordinar las medidas de acción propuestas en el Plan de Desarrollo Urbano que impacten la ley que aprobó el Plan Regional para el Desarrollo de la Región Interoceánica y el Plan General de Uso, Conservación y Desarrollo del Área del Canal (ver sección 10.4)
P Empezar urgentemente, dentro de la Dirección de Desarrollo Urbano o mediante la administración y coordinación de la Dirección, la elaboración de los estudios detallados especificados por las Áreas Especiales en el Plan Metropolitano (ver capítulo 16).
P Iniciar la coordinación con los ministerios relevantes para iniciar el proceso de diseño de las redes viales y de infraestructura, establecido como prioritario en la fase que comprende el período entre los años 2000 a 2005 (ver sección 15.6)
P Con base en los diseños sugeridos en el parámetro anterior, implementar un programa en coordinación con las autoridades relevantes para reservar y comprar las servidumbres de la red vial y las infraestructuras necesarias para servir las fases 1995-2000 y 2000 a 2005 (ver sección 15.6).
P Apoyar y coordinar con la nueva Autoridad de Tránsito y Transporte Terrestre para que sirva como órgano ejecutor de las recomendaciones del Plan. Esta autoridad en coordinación cercana con el MIVI haría factible la implementación de la estrategia del mejoramiento del sector transporte al integrar la planificación y operación de sus componentes más importantes. (ver sección 14.3.2).
P Apoyar el fortalecimiento organizacional de la capacidad reguladora de ejecución de programas ambientales que impacten el desarrollo urbano mediante la creación de una unidad especializada de regulación ambiental en el Ministerio de Vivienda. (ver sección 15.2.5).
P Ampliar la capacidad operacional del Sistema de Información Geográfico con el fin de que apoye la unidad de administración del Plan en la toma de decisiones en la planificación urbana. (ver volumen VI).

 
Consorcio D&M/HLM/WRT/YEC/PW
Informe Final del Plan Metropolitano
22 de diciembre de 1997
"Plan de Desarrollo Urbano de las Áreas Metropolitanas del Pacífico y del Atlántico"
Ministerio de Vivienda - República de Panamá