|
PARTE
- II |
PLAN
DE DESARROLLO URBANO |
17.0
RECOMENDACIONES
Como el Plan representa
un compendio de recomendaciones sectoriales diseñado para estructurar
el desarrollo futuro en las Áreas Metropolitanas, el Consorcio
ha seleccionado las recomendaciones que considera de importancia primordial
en la immediata ejecución del proceso de planificación.
Debido a que el MIVI, como autoridad de planificación urbana tiene
facultades ejecutorias muy restringidas, se hace necesario establecer
un proceso de enlace riguroso y eficaz con otros entes privados y públicos.
Las siguientes recomendaciones necesitan una acción inmediata para
el buen éxito del Plan.
P Para asegurar la
sustentabilidad de la cuenca del Canal y controlar el crecimiento urbano
en el corredor transístmico es imperativo establecer un marco regulador
apropiado para restringir - y - si fuese posible - prohibir el desarrollo
adicional en la cuenca hidrográfica del Canal, usando las propuestas
del Plan de Desarrollo Urbano de establecer un corredor biológico
que una el Parque Nacional Chagres con los Parques Soberanía y
Camino de Cruces (ver sección 15.2.6).
P Para lograr los niveles de empleo y de éxito económico
en este Plan, es muy importante emprender una política agresiva
de educación y formación técnica a nivel nacional,
para garantizar la competitividad y la productividad de la fuerza de trabajo
(ver capítulo 3.0).
P Al establecer el ámbito de jurisdicción del Plan donde
se aplican las disposiciones propuestas sobre la inversión en servicios
públicos y redes de infraestructura, sobre el cual tendrá
competencia legal y administrativa el MIVI, es necesario establecer los
nuevos límites metropolitanos para el crecimiento urbano a largo
plazo. Este ámbito es el que se designa como las Áreas Metropolitanas
del Pacífico y del Atlántico (ver sección 15.2).
P Restructurar y fortalecer, como medida de urgencia en el MIVI, la Dirección
General de Desarrollo Urbano (DGDU) para que pueda:
Lograr el compromiso necesario del más alto nivel político
y el respaldo requerido en las etapas de aprobación, difusión
y ejecución del Plan de Desarrollo Urbano de las Áreas Metropolitanas
del Pacífico y del Atlántico.
Reactivar, fortalecer y adecuar las instancias de coordinación
constituidas por ley; entre otras la reactivación de las juntas
comunales.
Crear o adecuar mecanismos de coordinación intersectorial
(entre otros, el propuesto Consejo de Desarrollo Urbano de las Áreas
Metropolitanas) y desarrollar los reglamentos necesarios y los planes
de coordinación de manera que se pueda lograr institucionalizar
la coordinación para el debido cumplimiento del Plan de Dessarrollo
Urbano de las Áreas Metropolitanas del Pacífico y del Atlántico.
Conformar (en especial, en la DGDU y en las respectivas oficinas
institucionales y municipales análogas) un equipo multidisciplinario
de profesionales, debidamente motivados y capacitados en las políticas,
normas y metodologías del desarrollo urbano que dominen, entre
otros, los aspectos conceptuales y metodológicos del Plan de Desarrollo
Urbano, con habilidades para la adopción de tecnología moderna
y con actitudes favorables para establecer y mantener relaciones humanas,
que garanticen la necesaria coordinación de esfuerzos.
Elaborar la reglamentación necesaria para aplicar los
instrumentos de control contemplados en el Plan Metropolitano.
Delegar en los municipios, en forma gradual y con base en acuerdos
debidamente establecidos (tomando en cuenta la capacidad de los municipios),
algunas funciones para descentralizar (centralización normativa
y descentralización operativa) aspectos del proceso de gestión
del desarrollo urbano.
Elaborar y ejecutar un programa continuo de divulgación,
capacitación y asesoría en instituciones, municipios y gremios
de profesionales para lograr la aplicación uniforme de lineamientos,
criterios y metodologías en la ejecución de las medidas
contempladas para el desarrollo urbano.
Instalar sistemas de seguimiento del Plan Metropolitano y divulgar
continuamente a la ciudadanía los resultados sobre las evaluaciones
en relación al cumplimiento de las normativas establecidas
Fortalecer y mantener una estrecha coordinación entre
la Dirección General de Desarrollo Urbano y el resto de las unidades
administrativas del MIVI (áreas sustantivas y de apoyo) y reactivar
los mecanismos de coordinación a lo interno del MIVI (Consejos
de Directores, Juntas Técnicas, Grupos de Trabajo, etc.), con enfoque
en estructuras más planas o matriciales, que propicien la comunicación
entre los distintos niveles jerárquicos y funcionales.
Gestionar el respaldo a nivel local e internacional para realizar
la inversión necesaria para el desarrollo urbano de las Áreas
Metropolitanas del Pacífico y del Atlántico y para la ejecución
de proyectos, destinados por ejemplo, al fortalecimiento administrativo
de los municipios en planificación urbana, y para la capacitación
de sus funcionarios en esa temática.
Promover, orientar y apoyar una creciente participación
del sector privado en la implementación del Plan Metropolitano,
creando las condiciones necesarias para propiciar las mejores garantías
a la inversión y la eliminación de trámites burocráticos
innecesarios, la expedición de regulaciones mínimas indispensables
y la ayuda que se le pueda proporcionar.
Continuar las gestiones necesarias para incorporar a los funcionarios
del Ministerio de Vivienda a la Carrera Administrativa según disposición
de la Ley.
P Conjuntamente con el Ministerio de Planificación y el de Hacienda
y Tesoro (los cuales pronto serán integrados en una sola Institución
y en vínculo permanente con el Sistema Nacional de Inversión
Pública (SINIP) establecer los mecanismos de coordinación
adecuados, en los distintos niveles técnicos y de decisión
política, con el fin de garantizar el avance del plan de inversiones
en sus componentes de financiamiento público. Ello implica el estudio
y diseño del proceso técnico más eficiente (el cual
por lo general requiere del aporte de distintas instituciones) para garantizar
que se complete oportunamente la fase de preinversión y de posterior
inversión, por medio de:
El financiamiento
de los estudios de factibilidad para que los perfiles de proyecto puedan
posteriormente ser presentados ante organismos de financiación;
La inclusión de partidas presupuestarias (podrían
requerirse en varios presupuestos sucesivos si la inversión fuese
plurianual) tanto con relación al componente de financiamiento
local como al aporte de crédito;
La función
de coordinación del MIVI proporcionaría al Organismo Rector
de la administración financiera del Estado los elementos técnicos
necesarios para priorizar los proyectos considerados en el Plan de Inversiones
así como para garantizar la coherencia entre los distintos componentes
de la inversión pública de la Región Urbana Metropolitana,
tanto en su dimensión funcional como espacial (ver Plan de Inversiones).
P Se deberán
establecer los mecanismos de coordinación con el Ente Regulador
de los Servicios Públicos con el fin de que el MIVI pueda aportar
los elementos técnicos que garanticen coherencia entre las inversiones
de los contratos de concesión y los objetivos de tipo espacial
que contempla el Plan de Desarrollo Urbano. (ver Plan de Inversiones).
P Solicitar al Ministerio
de Planificación que gestione una operación de asistencia
técnica para que durante el año de 1998 se pueda reorganizar
el MIVI con el fin de integrar la nueva unidad de Administración
del Plan. Durante esta fase se debrán constituir los mecanismos
apropiados de enlace entre todas las Instituciones del Gobierno Central
y Local, de acuerdo a la Propuesta de Desarrollo Institucional.
P El equipo técnico designado para manejar el Plan Metropolitano
debe comenzar las estudios necesarios para lograr establecer las etapas
para la eventual imposición de un sistema de macrozonificación
y establecer la bases para el uso de suelos urbanos en relación
con cualquier iniciativa futura de desarrollo por parte del sector público
o privado, bajo la jurisdicción del Plan Metropolitano (ver sección
15.2.3).
P Para estar consciente de las tendencias de desarrollo actual, y buscando
introducir un nuevo sistema de reglamentación, basado en las políticas
descritas en el Plan Metropolitano, se debe reformar el sistema de la
recopilación de datos básicos y el sistema de monitoreo
cotidiano, usando los indicadores sugeridos en la sección 15.6.
P El Ministerio de Vivienda deberá trabajar junto con la Autoridad
de la Región Interoceánica para coordinar las medidas de
acción propuestas en el Plan de Desarrollo Urbano que impacten
la ley que aprobó el Plan Regional para el Desarrollo de la Región
Interoceánica y el Plan General de Uso, Conservación y Desarrollo
del Área del Canal (ver sección 10.4)
P Empezar urgentemente, dentro de la Dirección de Desarrollo Urbano
o mediante la administración y coordinación de la Dirección,
la elaboración de los estudios detallados especificados por las
Áreas Especiales en el Plan Metropolitano (ver capítulo
16).
P Iniciar la coordinación con los ministerios relevantes para iniciar
el proceso de diseño de las redes viales y de infraestructura,
establecido como prioritario en la fase que comprende el período
entre los años 2000 a 2005 (ver sección 15.6)
P Con base en los diseños sugeridos en el parámetro anterior,
implementar un programa en coordinación con las autoridades relevantes
para reservar y comprar las servidumbres de la red vial y las infraestructuras
necesarias para servir las fases 1995-2000 y 2000 a 2005 (ver sección
15.6).
P Apoyar y coordinar con la nueva Autoridad de Tránsito y Transporte
Terrestre para que sirva como órgano ejecutor de las recomendaciones
del Plan. Esta autoridad en coordinación cercana con el MIVI haría
factible la implementación de la estrategia del mejoramiento del
sector transporte al integrar la planificación y operación
de sus componentes más importantes. (ver sección 14.3.2).
P Apoyar el fortalecimiento organizacional de la capacidad reguladora
de ejecución de programas ambientales que impacten el desarrollo
urbano mediante la creación de una unidad especializada de regulación
ambiental en el Ministerio de Vivienda. (ver sección 15.2.5).
P Ampliar la capacidad operacional del Sistema de Información Geográfico
con el fin de que apoye la unidad de administración del Plan en
la toma de decisiones en la planificación urbana. (ver volumen
VI).
Consorcio
D&M/HLM/WRT/YEC/PW
Informe Final del Plan Metropolitano
22 de diciembre de 1997"Plan
de Desarrollo Urbano de las Áreas Metropolitanas del
Pacífico y del Atlántico"
Ministerio de Vivienda - República de Panamá
|
|
|